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15 dic 2014
Aplazan para mañana medida de coerción contra el Lápiz Conciente
Este lunes fue arrestado el cantante urbano Avelino Junior Figueroa Rodríguez, conocido en el mundo artístico como “El Lápiz Conciente”, luego de que publicara en las redes sociales una foto del también cantante "Guariboa" con dos menores de edad tomando debidas alcohólicas.
El dato fue suministrado por la relacionista pública de la Procuraduría General de la República Tessie Sánchez, quien utilizó su cuenta de twitter para hacer la declaración.
“El artista urbano @LapizCalle queda bajo arresto por orden judicial, en @FiscaliaSD. Le conocerán medidas de coerción en las próximas horas”, dice el tuit.
Mientras que el artista subió un par de fotos desde la Fiscalía donde posteó en su cuenta de instagram: “La fiscal me atropelló y se burló sarcásticamente de mí. Estoy apresado por subir una foto a mi red social #aquíestanabusando YO SOY UN HOMBRE! Borré la foto y me disculpé !! Pero el artículo 60 del código del menor lo están cumpliendo las autoridades??”.
“Cuántas personas igual que yo ese día subieron esa foto?? Por qué solo yo estoy preso?? Como yo un ciudadano ejemplar me van a atropellar así dizque preso por subir una foto a instagram qué está pasando ?? Y ese abuso de parte de las autoridades qué intereses se esconden detrás de todo esto??", cuestionó en su cuenta.
MP solicita medida de coerción
Fuente Z101digital
La Fiscalía de Santo Domingo solicitó medida de coerción, consistente en prisión preventiva acusado de agresión física y psicológica a menores de edad, divulgación de imágenes en perjuicio a menores, así como desacato, rebeldía y amenaza en contra de las autoridades.
El conocimiento de la medida de coerción fue aplazada para este martes.
Una vez iniciado el proceso, el MP invitó al “Lápiz” a que se presentara de manera voluntaria, sin embargo a través de sus redes sociales éste desafió a las autoridades.
Este lunes 15 el imputado se presentó a la fiscalía donde fue apresado por violación a los art. 12, 13, 14, 22, 12, 16, 18, 33, 396 Literal A y B, 412 de la Ley 136-03, que Instituye el Código de Niños, Niñas y Adolescentes y arts. 103, 104, 105, 106, 212, y 219 del CPD.
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