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21 nov 2020

Condenan a 20 años a dos hombres que violaron varias veces a hermana menor


N DIGITAL 
Violación Menor.
Independencia.

Fueron condenados a 20 años de prisión dos hombres que violaron a una hermana menor de edad, en un hecho ocurrido en el municipio Jimaní.

Los condenados, cuyos nombres se omiten para preservar la identidad de la víctima, fueron hallados culpables de incurrir en los delitos de abuso sexual e incesto.

De acuerdo con el expediente del caso, los acusados abusaron de su hermana en varias ocasiones entre los años 2016 y 2018, cuando la niña tenía entre 10 y 12 años de edad.


Señala que los hermanos aprovechaban cuando se encontraban solos con la menor en la casa donde residían para cometer el abuso sexual.

Indica que, de manera constante, la agredían físicamente, causándole traumas físicos y psicológicos, además de que la amenazaban de muerte.

Los jueces Leonardo Antonio García Cruz, presidente; Joselin Medina Pérez y Ernesto Cabral Gomera adoptaron la decisión tras acoger el pedimento del Ministerio Público, luego de que este órgano del sistema de justicia demostrara la responsabilidad penal de los procesados.

La condena contra los dos hombres fue impuesta por la violación de los artículos  330, 331 y 332-1 del Código Penal Dominicano, modificado por la Ley 24-97, sobre Violencia de Género e Intrafamiliar, y el artículo 12 del Código para la Protección y los Derechos Fundamentales de los Niños, Niñas y Adolescentes  (Ley 136-03). El tribunal ordenó su cumplimiento en la cárcel pública de Barahona.

El Ministerio Público indicó que por este hecho el Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes de esta provincia condenó en agosto pasado a 8 años de prisión a  dos adolescentes, también hermanos de la víctima.

Mediante un comunicado de prensa, la institución persecutora de los delitos valoró las sentencias condenatorias impuestas contra los involucrados en este caso y dijo que fortalece la lucha que llevan a cabo  contra los delitos cometidos en perjuicio de los niños, niñas y adolescentes


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